lunes 21 de septiembre de 2009

Municipios: escasea el personal calificado

Este tema no puede pasar desapercibido para la población: el Sistema Nacional de Información Municipal del Ministerio del Interior reveló que el 76% de los 50 mil funcionarios municipales del país no cuenta con una profesión. Esto es, 38 mil funcionarios no cuentan con el respaldo teórico-técnico que proporciona una profesión universitaria, cifra levemente inferior al 78% constatado hace 4 años por la misma repartición gubernamental.

Esto tiene que llamarnos a reflexionar. La falta de personal calificado tiene a más de 100 alcaldías sin director jurídico; al 37% de ellas sin director de control -que supervisa entre otras cosas la probidad y la transparencia-; al 25% de los municipios sin director de tránsito, y sobre el 40% de los directores cumple más de una función.

Lo anterior atenta -sin dudas- contra la modernización de la gestión en las comunas, algo que avogamos en este espacio, en relación con la tarea que deben cumplir los Concejales.

Un pequeño catastro de profesionales en algunas comunas del país nos revela que Valparaíso tiene sólo 9% de profesionales; Santiago, 13%; Antofagasta, 17%; Las Condes, 22%; Rancagua, 23%; Providencia, 25%; Huechuraba, 27%, y Vitacura, 31%.

viernes 4 de septiembre de 2009

Municipios y ley de transparencia

El mes pasado apareció un interesante estudio sobre el cumplimiento de las exigencias que impone la ley de transparencia a los organismos públicos y de adminsitración del Estado, entre los que se encuentran obviamente todos los municipios del país.

En efecto, según la investigación realizada por el Instituto Chileno de Estudios Municipales (Ichem), en los tres primeros meses de aplicación de dicha ley, sólo se cumplía -en promedio- con el 29% de la información que se les exige para ser consideradas instituciones transparentes, nivel muy bajo en comparación con otras dependencias gubernamentales, como Ministerios y Servicios Públicos, donde el SII es un ejemplo en la materia.

Otros datos reveladores del estudio indican que el 91% de las municipalidades tiene sitio web habilitado y que el 83% del total de alcaldías (345 municipios existen en el país) muestra algún tipo de información relativa a la transparencia en sus páginas, aunque consistente básicamente en listas de funcionarios, planillas de sueldos y actos y resoluciones de la alcaldía.

Sin embargo, respecto a información sobre mecanismos de participación ciudadana, o relacionada con resultados de auditorías internas, o que muestre vínculos de la municipalidad respectiva con otras instituciones y/o empresas es muy escaso o simplemente nula en la mayoría de los municipios de Chile. Hay mucho por hacer al respecto y los Concejales tienen la palabra, pues entre sus funciones de fiscalización de la gestión municipal debieran incluir esta materia, que sin duda transparentará su propia labor y la de la municipalidad en general.

lunes 31 de agosto de 2009

Concejales y campaña presidencial

En plena campaña presidencial, cuando recorrer el país se convierte en un imperativo para todos los candidatos, los Concejales vuelven a tener protagonismo, no por temas inherentes a sus funciones lamentablemente, sino en labores propagandísticas, acompañando a los diversos candidatos en sus visitas a terreno.

Más de 2100 Concejales preocupados de sus candidatos y no de sus funciones; sólo 12 Concejales independientes sin obligaciones proselitistas partidistas, no es el ideal.

Por esto es que buscamos profesionalizar esta actividad, crear un cuerpo de Concejales con independencia de los partidos políticos, dedicados a fiscalizar como se debe la gestión municipal y privilegiar la transparencia y la gestión.

lunes 20 de abril de 2009

Ley de Transparencia

Luego de un breve receso -por vacaciones y necesidades personales- volvemos a los temas que nos interesan. Y que mejor fecha que la de hoy en que entra en vigencia la Ley de Transparencia (Ley 20.285). Esta ley, sobre transparencia y acceso a la información pública establece los siguientes principios que regirán desde hoy la función pública, incluyendo por cierto a las municipalidades:
  • La transparencia de la función pública;
  • El derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado;
  • Los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo;
  • Las excepciones a la publicidad de la información.

Cabe recordar que esta ley tiene como antecedente directo el Art. 8° de la Constitución Política de la República, incorporado a nuestra carta fundamental por la Ley N° 20.050, la cual estableció los principios de probidad y transparencia de la función pública.

¿En qué atañe esto a las municipalidades? En muchos aspectos, que ayudarán a transparentar la gestión de la misma coadyudando a la función fiscalizadora de los Concejales. Asimismo, esta nueva normativa legal permitirá disminuir de forma importante las áreas de secreto existentes hasta el momento en la gestión de la administración pública y supondrá un importante esfuerzo de éstos, toda vez que estarán obligados a entregar la información solicitada por los ciudadanos en un plazo máximo de veinte días.

Ahora a tomar palco y ver cómo funciona en la práctica esta ley. Estaremos atentos y no pierdan cuidado que en estas páginas destacaremos a aquellos municipios que cumplen cabalmente la normativa y denunciaremos a los que no lo hagan.

lunes 29 de diciembre de 2008

Feliz Año Nuevo

Los mejores deseos para el año que comienza. Es el momento preciso de mirar el viejo 2008, a punto de expirar, y reflexionar sobre lo obrado, sobre lo no hecho, sobre lo dicho y no dicho, sobre las promesas incumplidas y las metas alcanzadas, en fin, detenerse y meditar qué y cómo vivimos este año para proponernos empezar mejor el 2009 y por fin cumplir todas nuestras promesas.

Para Concejales para Chile se inicia un año con grandes sueños y expectativas. Con las elecciones municipales muy lejos aún pero con elecciones presidenciales y parlamentarias ad portas, esperamos que el movimiento prenda en los ciudadanos interesados en mejorar la gestión municipal -donde más puede influir el voto, pues hay más cercanía con el gobierno municipal que con parlamentarios y gobierno- y se expanda para conformar una masa crítica con poder. Nuestras esperanzas están puestas en que se difundan más los objetivos del movimiento y en que cada vez se integren personas con motivación y deseos de servir a sus comunas. Crecer como creció el movimiento Educación 2020, que busca también un cambio radical, pero en la educación.

Creemos en las buenas intenciones de las autoridades que recientemente tomaron sus cargos, pero creemos y esperamos mejores herramientas de fiscalización y menor politización de los municipios para que los beneficios lleguen a quines correspondan, los vecinos. Es por esto que deseamos una mayor participación, en un mayor interés de la ciudadanía para el tema de los Concejales, pues estimamos que su participación es vital en el Gobierno municipal, y el ente administrativo más cercano a la gente y que atiende necesidades vitales, como salud y educación, entre otras.

Esperamos que el 2009 sea un año de lleno de esperanzas, posibilidades, acuerdos, trabajo y reencuentro, para todos los chilenos.
¡Feliz Año Nuevo!

lunes 8 de diciembre de 2008

Concejales en sus marcas, listos, ya!

Este sábado 6 de diciembre recién pasado asumieron sus funciones los 2143 Concejales elegidos democráticamente el pasado 26 de Octubre, en las Elecciones Municipales 2008, cargo que servirán hasta una fecha similar del año 2012.

Muchos se repiten el plato, pocos de los que inician sus tareas son jóvenes. La gran mayoría es apoyado por los partidos políticos tradicionales, incluyendo a los Independientes ligados a las Pactos respectivos. Sólo 12 Concejales elegidos eran Independientes reales, sin pertenecer a ningún pacto político. 12 de 203 candidatos. Una cifra muy baja, para una tarea que no debiera verse mayormente influida por intereses partidistas.

Parece claro que la votación no toma en consideración las características de los postulantes. Importa sobremanera el apoyo político directo. En las urnas, la población vota según su preferencia política, sin saber por quién vota. Es como firmar un cheque en blanco. Falta información, el sistema no es capaz de proporcionarla. Es paradójico que la eleción del Alcalde sea menos política que la de Concejales, siendo que éstos tienen las funciones fiscalizadoras. Debería ser exactamente al revés.

martes 25 de noviembre de 2008

Algunas ideas

Este espacio es también para proponer ideas. De todo tipo, que vayan -obviamente- en beneficio de la comunidad.

También me parece natural que las proposiciones e ideas que se vayan dejando aquí estén en correspondencia con los intereses profesionales de quienes las emiten, lo que en mi caso serían, entre otros, las pymes, consultorías, tributación, gestión de calidad.

En este contexto, me parece de real interés para la comunidad empresarial, especialmente las micro y pequeñas empresas, el tema de las patentes comerciales y otros gravámenes contenidos en la Ley de Rentas Municipales, el que muchas veces es absolutamente desconocido y acarrea no pocos problemas para los pequeños emprendimientos.

Asimismo, la informalidad en que están muchos microempresarios es tanto por la falta de información al respecto como por lo engorroso de los trámites para obtener patente municipal, lo que los induce a permanecer en la informalidad, con pérdidas de eficiencia para todos los actores involucrados.

Es por esto que me parece aconsejable intervenir en algunos procedimientos al respecto -que no involucren cambios a la ley, sino que sólo administrativos, de potestad de los Municipios- para por una parte agilizar y simplificar los trámites para obtener las benditas patentes comerciales y profesionales y por la otra, incentivar a las cientos de miles de micro y pequeñas empresas (se estiman en más de 700.000, incluyendo a personas que laboran por cuenta propia) a que obtengan sus permisos comerciales, ya sea con subsidios o períodos de gracia, lo que redundaría finalmente en una mejor gestión a este respecto y en aumentos en la captación de recursos por concepto de patentes.

Es una idea simple, de fácil implementación, que mejora la gestión municipal en un tema complejo y que recibe muchas quejas de parte de los usuarios y que, por lo demás, podría mejorar la recaudación al aumentar la base de contribuyentes de los tributos de la Ley de Rentas Municipales.

Los invito a dejar sus ideas. Este espacio está abierto para aquello.

miércoles 12 de noviembre de 2008

Requisitos para ser Concejal

Para conocer los requisitos para convertirse en Concejal también hay que recurrir a la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, la que se refiere a este tema en su Art. 73, el que especifica que para ser elegido Concejal se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
  • Ser ciudadano con derecho a sufragio. Conviene aclarar que son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad, que no hayan sido condenados a pena aflictiva (igual o superior a tres años y un día) y estén inscritos en los registros electorales;
  • Saber leer y escribir;
  • Tener residencia en la Región a que pertenezca la respectiva comuna o agrupación de comunas, según corresponda, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección;
  • Tener su situación militar al día, y
  • No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece la citada ley.

Asimismo, la parte final de ese mismo artículo dispone que no podrá ser Concejal el que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.

Como puede verse, no se le pide ninguna cualificación en particular, sólo saber leer y escribir, como si eso bastará para tomar decisiones administrativas vitales que pudiesen afectar a miles de personas. Esta es una de las razones por la cual nació este Movimiento.

jueves 6 de noviembre de 2008

Deberes y obligaciones de los Concejales

Para conocer en detalle los deberes y obligaciones de los Concejales hay que recurrir al cuerpo legal que los rige, esto es, la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo Título III se refiere al Concejo y a las materias propias de su incumbencia.

Su Art. 71 define el ámbito de acción del Concejo, al señalar que "en cada Municipalidad habrá un Concejo de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala esta ley".

Por su parte, el Art. 79 define las atribuciones del Concejo en los siguientes términos:

"Al Concejo le corresponderá:

a)
Elegir al alcalde, en caso de vacancia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62, para este efecto el concejal deberá acreditar cumplir con los requisitos especificados en el inciso segundo del artículo 57;

b) Pronunciarse sobre las materias que enumera el artículo 65 de esta ley;

c) Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipales y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas, como asimismo, la información, y la entrega de la misma, establecida en las letras c) y d) del artículo 27;

d) Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan, las que deberán ser respondidas por escrito dentro del plazo máximo de quince días;

e) Pronunciarse respecto de los motivos de renuncia a los cargos de alcalde y de concejal;

f) Aprobar la participación municipal en asociaciones, corporaciones o fundaciones;

g) Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal;

h) Citar o pedir información, a través del alcalde, a los organismos o funcionarios municipales cuando lo estime necesario para pronunciarse sobre las materias de su competencia.

La facultad de solicitar información la tendrá también cualquier concejal, la que deberá formalizarse por escrito al concejo.

El alcalde estará obligado a responder el informe en un plazo no mayor de quince días;

i) Elegir, en un solo acto, a los integrantes del directorio que le corresponda designar a la municipalidad en cada corporación o fundación en que tenga participación, cualquiera sea el carácter de ésta o aquélla. Estos directores informarán al concejo acerca de su gestión, como asimismo acerca de la marcha de la corporación o fundación de cuyo directorio formen parte;

j) Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad. En este último caso, la materia del informe sólo podrá consistir en el destino dado a los aportes o subvenciones municipales percibidos. Los informes requeridos deberán ser remitidos por escrito dentro del plazo de quince días;

k) Otorgar su acuerdo para la asignación y cambio de denominación de los bienes municipales y nacionales de uso público bajo su administración, como asimismo, de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales del territorio comunal;

l) Fiscalizar las unidades y servicios municipales;

ll) Autorizar los cometidos del alcalde y de los concejales que signifiquen ausentarse del territorio nacional. Requerirán también autorización los cometidos del alcalde y de los concejales que se realicen fuera del territorio de la comuna por más de diez días.

Un informe de dichos cometidos y su costo se incluirán en el acta del concejo, y

m) Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo.

Lo anterior es sin perjuicio de las demás atribuciones y funciones que le otorga la ley."

En otro post veremos más obligaciones y deberes que la ley les asigna a los Concejales.

martes 4 de noviembre de 2008

Ideario movimiento Concejales para Chile 2.0

Esta es, más que una idea nueva, una visión de cómo entender y enfrentar la función pública en el Chile de los próximos años. Este movimiento pretende convertirse en un referente social, independiente de los partidos políticos, que se vea representado en los gobiernos comunales por Concejales idóneos, transparentes, con liderazgos constructivos y que cumplan a cabalidad con el mandato Constitucional de su cargo y el que le otorgue la ciudadanía, principalmente a través de este movimiento ciudadano.

Creemos que existen muchos ciudadanos que desean aportar al país, muchos que, desencantados de la política tradicional, anhelan ser escuchados y bien representados en sus comunas y que están cansados de la pelea política, de los cuoteos, de los pagos de favores. Concejales para Chile quiere convertirse en un vehículo de cambio, en un canal de expresión directo y no excluyente, que acoja a todos, y que de respuestas concretas a las inquietudes reales de la comunidad y no a las que fijen los grupos de poder.

Esperamos contar con una participación activa de la comunidad. Tenemos un Grupo en Facebook que aspira a reunir a una parte importante de los ciudadanos chilenos que conforman esa comunidad. Creamos este blog como otro canal de comunicación directa, en que recibamos apoyo, propuestas, ideas, denuncias, etc., relacionados con las tareas de los Concejales. También iremos mostrando nuestras propias iniciativas, propuestas concretas para ejecutar en los Concejos Municipales, y toda otra actividad a desarrollar por el movimiento con el fin de crear conciencia sobre la importante labor desarrollada por los Concejales.

En 4 años pueden pasar muchas cosas, pero existe una certeza: Internet será cada vez importante en nuestras vidas, las redes sociales (como Facebook) tendrán cada vez más peso, por esto es que hemos empezado esta tarea con una visión de largo plazo, para tener en el año 2012 una masa importante de adherentes que lleve a muchos de sus candidatos a los gobiernos comunales del país. Encantar a los jóvenes que participan de estas redes sociales también es un propósito de este movimiento, motivarlos a participar, a inscribirse en los registros electorales, a hacerse escuchar y proponer sus ideas y motivaciones.